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Legislación › Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.

Séptimo. Registro centralizado.

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Séptimo. Registro centralizado.
1. Se creará el Registro centralizado de los españoles que hayan prestado juramento o promesa ante la Bandera de España, para recoger y gestionar de forma automatizada los datos de carácter personal.
2. La Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa será el órgano responsable de este registro.
3. El titular del órgano responsable del REJUPROES, adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos automatizados de carácter personal existentes en el REJUPROES y su uso respecto a las finalidades para las que fueron recogidos.
4. Las medidas de seguridad del citado registro serán de nivel básico, con arreglo a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
5. En el REJUPROES figurarán los siguientes datos:
a) Número del Documento Nacional de Identidad (DNI), nombre, apellidos y nacionalidad del solicitante.
b) Fecha, lugar de nacimiento (ayuntamiento y provincia) y sexo del solicitante.
c) Domicilio actual, código postal, municipio y provincia del solicitante.
d) Número de teléfono y/o dirección de correo electrónico del solicitante.
e) Opción elegida entre el Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire u otro organismo, en el que se desea prestar juramento o promesa ante la Bandera.
f) Unidad del ámbito elegido con fecha prevista, cierta o aproximada, según propuesta de actos.
g) En caso de renovación, especificar el organismo o la unidad, localidad y fecha donde realizó su anterior prestación del juramento o promesa ante la Bandera.
h) En su caso, tipo de discapacidad que pueda limitar su participación en el acto.
i) Confirmación de no haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme. (Suprimida).
j) El organismo o la unidad, localidad y fecha donde realizó su prestación de juramento o promesa ante la Bandera.
Téngase en cuenta que este apartado séptimo, añadido por el art. único.4 de la Orden DEF/8/2017, de 9 de enero. BOE-A-2017-429., entra en vigor el 16 de julio de 2017, según establece la disposición final única de la citada Orden.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de agosto de 2022 En vigor BOE-A-2022-13107 Leer Qué cambió
16 de julio de 2017 BOE-A-2017-429 Leer

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