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Legislación › Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).

Artículo 22. Zonificación de los espacios naturales protegidos.

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Artículo 22. Zonificación de los espacios naturales protegidos.
En el ámbito territorial de los espacios naturales protegidos, en función de las características de cada categoría, tienen que establecerse zonas diferenciadas de acuerdo con la siguiente clasificación:
a) Zonas de exclusión. Están constituidas por aquellas las áreas con mayor de más calidad biológica o que contengan los elementos bióticos o abióticos más frágiles, amenazados o representativos.
El acceso a y la estancia de personas en estas zonas tiene que ser regulado se regulará en los instrumentos de planificación y gestión atendiendo prioritariamente a su conservación, procurando, a la vez, satisfacer las finalidades científicas, educativas o y de conservación. ocio de los bienes de dominio público y de los integrantes del patrimonio cultural, en las condiciones pertinentes para la conservación del espacio natural.
b) Zonas de uso limitado. Integran aquellas áreas con una alta calidad biológica o elementos frágiles o representativos en las cuales los objetivos de conservación admiten un uso público reducido con medios tradicionales, sin instalaciones permanentes.
c) Zonas de uso compatible. Tienen que delimitarse con esta denominación las zonas en que las características del medio natural permitan la compatibilización de la conservación con los usos agrarios, forestales, ganaderos, cinegéticos y pesqueros tradicionales, así como usos educativos, recreativos y otros complementarios compatibles con los objetivos de conservación.
d) Zonas de uso general. Constituidas por aquellas superficies que, en razón de la menor calidad relativa dentro del espacio natural protegido, o por su capacidad de admitir un mayor número de visitantes, puedan servir para la ubicación de instalaciones, actividades y servicios que redunden en beneficio de las comunidades locales integradas o próximas al espacio natural.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de agosto de 2016 En vigor BOE-A-2016-8518 Leer Qué cambió
5 de junio de 2005 Texto original Leer

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