Legislación › Ley 8/2005, de 8 de junio, de Protección, Gestión y Ordenación del Paisaje.
Disposición transitoria segunda. Tramitación y aprobación de las directrices del paisaje incorporadas a planes aprobados.
Disposición transitoria segunda. Tramitación y aprobación de las directrices del paisaje incorporadas a planes aprobados.
Las directrices del paisaje que deban incorporarse a los planes territoriales parciales o a los planes directores territoriales ya aprobados deben tramitarse y aprobarse siguiendo el mismo procedimiento establecido para la modificación del plan al que deban incorporarse.
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