Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.
Artículo 42. Documentos públicos.
Artículo 42. Documentos públicos.
A los efectos de la presente ley, se consideran documentos públicos los producidos o recibidos por las personas mencionadas en el artículo 13 en el ejercicio de sus funciones públicas.


