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Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.

Artículo 42. Documentos públicos.

Artículo 42. Documentos públicos.

A los efectos de la presente ley, se consideran documentos públicos los producidos o recibidos por las personas mencionadas en el artículo 13 en el ejercicio de sus funciones públicas.

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