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Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.

Artículo 45. Normas de gestión.

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Artículo 45. Normas de gestión.
Los titulares de documentos públicos deberán de aplicar, por medio de los responsables de sus archivos, las normas que establezca la conselleria competente en materia de cultura hacienda en lo que se refiere a técnicas del proceso de gestión de la documentación administrativa en su respectivo ámbito.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15683 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2025 BOE-A-2025-90320 Leer Qué cambió
17 de junio de 2005 Texto original Leer

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