Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.
Artículo 68. Órganos competentes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de junio de 2005 y la del 30 de diciembre de 2025.
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Artículo 68. Órganos competentes.
Son competentes para la imposición de las sanciones previstas en este título:
a) El Consell de la Generalitat, Consell, a propuesta de la conselleria competente las consellerias competentes en materia de cultura, archivos, en el ámbito de sus atribuciones, para las multas de más de 150.000 euros.
b) El conseller competente Las personas titulares de las consellerias competentes en materia de cultura archivos, en el ámbito de sus atribuciones para las multas de hasta 150.000 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de julio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-15683 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2025 | BOE-A-2025-90320 | Leer | Qué cambió |
| 17 de junio de 2005 | Texto original | Leer |


