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Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.

Artículo 68. Órganos competentes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2025 y la del 3 de julio de 2026. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 68. Órganos competentes.
Son competentes para la imposición de las sanciones previstas en este título:
a) El Consell, a propuesta de las consellerias competentes en materia de archivos, en el ámbito de sus atribuciones, para las multas de más de 150.000 euros.
b) Las personas titulares de las consellerias competentes en materia de archivos, en el ámbito de sus atribuciones para las multas de hasta 150.000 euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15683 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2025 BOE-A-2025-90320 Leer Qué cambió
17 de junio de 2005 Texto original Leer

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