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Legislación › Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto.

Artículo 12. Principios generales.

Artículo 12. Principios generales.

La incorporación al Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto confiere a los prácticos de puerto los derechos y deberes inherentes a los miembros del colegio. El colegio protegerá y defenderá a sus colegiados en el ejercicio recto y legítimo de la profesión.

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