Legislación › Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto.
Disposición final primera. Competencias de las comunidades autónomas.
Disposición final primera. Competencias de las comunidades autónomas.
Lo dispuesto en el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto se entiende sin perjuicio de las competencias que, en materia de colegios profesionales, corresponden a las comunidades autónomas conforme a su legislación propia.
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