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Legislación › Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto.

Disposición transitoria única. Mandato de la Junta Provisional de Gobierno.

Disposición transitoria única. Mandato de la Junta Provisional de Gobierno.

Los miembros de la Junta Provisional de Gobierno del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto permanecerán en sus cargos hasta la expiración de su mandato, momento en el que se convocarán elecciones de conformidad con lo dispuesto en el estatuto que se aprueba.

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