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Legislación › Real Decreto 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes.

Disposición adicional primera. Procedimiento para modificar la relación de «abonos CE».

Disposición adicional primera. Procedimiento para modificar la relación de «abonos CE».

1. La relación de «Abonos CE» vigente está contenida en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 2003/2003, y se modifica por la Comunidad Europea siguiendo el procedimiento previsto en sus artículos 31 y 32.

2. El fabricante de fertilizantes que desee proponer un nuevo tipo de «abono CE», o la modificación de los que aparecen en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 2003/2003, deberá presentar a la Dirección General de Agricultura un expediente técnico que justifique su propuesta, siguiendo las instrucciones que ha fijado la Comisión Europea en el anexo V del citado reglamento.

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