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Legislación › Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior.

Artículo 23. Convenios y acuerdos de cooperación.

Artículo 23. Convenios y acuerdos de cooperación.

La Comunidad Autónoma de La Rioja podrá establecer convenios y acuerdos de cooperación con la Administración General del Estado y con otras Comunidades Autónomas, conforme a lo previsto en el artículo catorce del Estatuto de Autonomía de La Rioja, como instrumento para asesorar y asistir a los miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior.

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