LexTotal

Legislación › Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor a los veinte días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

← Disposición final primera Índice