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Legislación › Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja.

Artículo 14. Juventud y Educación.

Artículo 14. Juventud y Educación.

1. La Comunidad de La Rioja procurará la coordinación de la educación formal y la formación no formal regulada en esta Ley.

2. Se prestará especial atención a la educación en valores a que hace referencia esta Ley, la igualdad de oportunidades y la prevención de comportamientos xenófobos o racistas, así como cualquier otro tipo de discriminación de carácter sexista, racial o por causa de la orientación sexual, fomentando entre las personas jóvenes el conocimiento y respeto a las minorías étnicas y, en general a la diversidad cultural.

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