Legislación › Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja.
Artículo 43. Objetivos de la formación no formal.
Artículo 43. Objetivos de la formación no formal.
Serán objetivos de la formación no formal contemplada en esta Ley:
a) La capacitación de personal para la gestión de las actividades que se contemplan en esta Ley, en especial las relativas a la animación, ocio y tiempo libre.
b) La formación preferentemente de personas jóvenes para fortalecer el asociacionismo juvenil y la participación.
c) La formación en materia de intercambios juveniles y la organización de los mismos.
d) La actualización del conocimiento en las materias propias de esta Ley y la formación de formadores.
e) La regulación de las titulaciones, su expedición y el control público sobre las mismas.


