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Legislación › Ley 8/2005, de 30 de junio, reguladora del Transporte Urbano por Carretera de La Rioja.

Disposición final segunda.

Disposición final segunda.

Se autoriza al Gobierno de La Rioja para actualizar las cuantías de las sanciones pecuniarias establecidas en la presente Ley, a fin de adecuarlas a los cambios de valor adquisitivo de la moneda, de acuerdo con el índice de precios al consumo de La Rioja.

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