Legislación › Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación para el desarrollo.
Artículo 39. Contratación externa.
Artículo 39. Contratación externa.
La Administración de la comunidad autónoma, en el ámbito de la cooperación para el desarrollo y para actuaciones para las que no disponga de medios personales adecuados o suficientes, puede contratar empresas o profesionales, de acuerdo con lo que prevé la legislación reguladora de los contratos de las administraciones públicas.


