Legislación › Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación para el desarrollo.
Artículo 41. Gastos con alcance plurianual.
Artículo 41. Gastos con alcance plurianual.
De acuerdo con lo establecido por la legislación presupuestaria y de finanzas, pueden adquirirse compromisos de gasto para financiar proyectos y programas de cooperación para el desarrollo que se extiendan a ejercicios posteriores a aquel en que han sido autorizados, siempre que se inicie la ejecución durante el ejercicio en que se han autorizado.


