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Legislación › Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears.

Artículo 3. Puertos de competencia autonómica.

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Artículo 3. Puertos de competencia autonómica.
1. La Administración Son competencia de la comunidad autónoma Administración autonómica de las Illes Balears tiene competencia en: Balears:
a) Los puertos, las marinas y las instalaciones portuarias y marítimas adscritos a la comunidad autónoma que permiten permitan la realización de operaciones de tráfico portuario, tránsito portuario y prestan presten servicios a las actividades pesqueras, deportivas o náutico-recreativas, siempre que no sean declarados de interés general del Estado.
b) Los puertos y las instalaciones portuarias y marítimas que sean declaradas con calificación de interés general del Estado, cuando éste el Estado no asuma se reserve su gestión directa y se produzca la adscripción a la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, así como también aquéllos aquellos que determine el Estado por cualquiera cualquier forma jurídica.
c) En todo caso, los puertos y las instalaciones delimitados en los planos que acompañan al Real Decreto 450/1985, de 20 de febrero, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de puertos a la comunidad autónoma de las Illes Balears, y en posteriores planos y actas actos de adscripción.
2. La presente ley es también aplicable a la ordenación y gestión de los servicios portuarios que se presten prestan en aguas, infraestructuras o e instalaciones adscritas a la Administración de cualquier tipo la comunidad autónoma que no estén incluidas expresamente en la declaración de puertos de interés general, aunque no se haya producido la adscripción del dominio público en favor de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears. general.
3. Están Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente esta ley los puertos y las instalaciones marítimas cuya competencia corresponde exclusivamente exclusiva corresponda al Estado.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2006 En vigor BOE-A-2006-1526 Leer Qué cambió
3 de julio de 2005 Texto original Leer

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