Legislación › Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears.
Disposición transitoria primera. Delimitaciones de la zona de servicio portuaria.
Disposición transitoria primera. Delimitaciones de la zona de servicio portuaria.
Las delimitaciones de la zona de servicio de los puertos establecidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley seguirán vigentes hasta que se proceda a su modificación de acuerdo con lo dispuesto en esta ley.
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