Legislación › Real Decreto 893/2005, de 22 de julio, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria sobre los aditivos en la alimentación animal.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, por las que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y de bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.
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