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Legislación › Real Decreto 893/2005, de 22 de julio, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria sobre los aditivos en la alimentación animal.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto, y específicamente:

a) El Real Decreto 2599/1998, de 4 diciembre, sobre los aditivos en la alimentación de los animales.

b) El Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio, por el que se fijan las líneas directrices para la evaluación de los aditivos en la alimentación animal.

c) Los apartados 2.1, 3 y 4 del anexo de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 31 de octubre de 1988, relativa a determinados productos utilizados en la alimentación de los animales.

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