LexTotal

Legislación › Real Decreto 893/2005, de 22 de julio, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria sobre los aditivos en la alimentación animal.

Disposición transitoria segunda. Aplicación transitoria del anexo del Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio.

Disposición transitoria segunda. Aplicación transitoria del anexo del Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio.

A los efectos previstos en el artículo 2 de este real decreto, el anexo del Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio, mantendrá su vigencia hasta tanto la Comisión Europea dicte la normativa de ejecución del Reglamento (CE) n.º 1831/2003, prevista en su artículo 7.4.

← Disposición transitoria primera Índice Disposición derogatoria única →