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Legislación › Ley 4/2005, de 8 de julio, de reordenación del sector público empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición adicional segunda. Estatutos Sociales.

Disposición adicional segunda. Estatutos Sociales.

Por acuerdo de Consejo de Gobierno, a iniciativa de la Consejería competente en materia de Sector Público Empresarial, serán aprobados los Estatutos Sociales que habrán de regir a la Sociedad de Gestión Pública de Extremadura.

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