Legislación › Ley 4/2005, de 8 de julio, de reordenación del sector público empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición adicional cuarta. Derecho supletorio.
Disposición adicional cuarta. Derecho supletorio.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre. BOE-A-2011-1145
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2010 En vigor | BOE-A-2011-1145 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 2005 | Texto original | Leer |
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