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Orden ITC/2670/2005, de 3 de agosto, por la que se determina la información que los distribuidores de energía eléctrica deben remitir a la Comisión Nacional de Energía para la elaboración de una propuesta de nueva metodología de retribución a la distribución.

En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 16 de agosto de 2005 · Último cambio el 16 de agosto de 2005 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo 1. Objeto.
  3. Artículo 2. Información a remitir.
  4. Artículo 3. Formatos de la información a remitir.
  5. Artículo 4. Alcance y Plazos de remisión de la información.
  6. Artículo 5. Empresas distribuidoras acogidas a la disposición transitoria undécima de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
  7. Artículo 6. Auditoría de la información remitida a la Comisión Nacional de Energía.
  8. Artículo 7. Gestión y carácter confidencial de la información.
  9. Disposición derogatoria. Derogación normativa.
  10. Disposición final única. Entrada en vigor.
  11. Firma