Legislación › Ley 9/2005, de 7 de julio, del Jurado de Expropiación de Cataluña.
Disposición adicional tercera. Adaptación a la organización territorial.
Disposición adicional tercera. Adaptación a la organización territorial.
El funcionamiento en secciones del Jurado de Expropiación de Cataluña, determinado por el artículo 3, debe adaptarse a la legislación que se apruebe sobre organización territorial.
← Disposición adicional segunda Índice Disposición transitoria primera →


