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Legislación › Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias.

Artículo 24. Revisión y modificación del Mapa Farmacéutico.

Artículo 24. Revisión y modificación del Mapa Farmacéutico.

1. El Mapa Farmacéutico de Canarias será revisado cada cinco años. Excepcionalmente, podrá ser modificado cuando circunstancias de carácter extraordinario lo justifiquen.

2. Las revisiones y modificaciones quedan sujetas a lo señalado para su aprobación.

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