LexTotal

Legislación › Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias.

Artículo 82. Infracciones.

Artículo 82. Infracciones.

Las infracciones de los preceptos de la presente Ley serán objeto de sanciones administrativas, previa instrucción del oportuno expediente, y sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que puedan concurrir.

← Artículo 81 Índice Artículo 83 →