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Legislación › Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.

Artículo 25. Inserción laboral.

Artículo 25. Inserción laboral.

El Departamento competente en materia de educación universitaria y las universidades deben orientar al alumnado en su incorporación al mundo laboral y favorecer su inserción en el mismo, promoviendo la relación y la colaboración entre el alumnado, una vez titulado, los agentes económicos y las instituciones sociales.

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