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Legislación › Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.

Disposición adicional octava. Incorporación a la universidad de profesorado de otros niveles educativos.

Disposición adicional octava. Incorporación a la universidad de profesorado de otros niveles educativos.

Tal y como indica la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Gobierno de Aragón fomentará convenios con la Universidad de Zaragoza a fin de facilitar la incorporación del profesorado funcionario de otros niveles a los Departamentos universitarios.

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