Legislación › Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.
Disposición transitoria única. Garantía de la financiación para 2006.
Disposición transitoria única. Garantía de la financiación para 2006.
En ningún caso la financiación básica de la Universidad de Zaragoza para el año 2006 podrá ser inferior a la cantidad asignada por este concepto en el año 2005.
← Disposición adicional octava Índice Disposición derogatoria única →


