Legislación › Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia.
Artículo 26. De las deliberaciones.
Artículo 26. De las deliberaciones.
Las deliberaciones del Consejo de Gobierno tienen carácter reservado. Sus miembros deberán mantener en secreto las opiniones y votos emitidos en el transcurso de sus reuniones, así como la documentación a que hayan podido tener acceso por razón del cargo, en tanto el Consejo no las haga oficialmente públicas. Estas obligaciones seguirán vinculando a quienes pierdan la condición de miembro del Consejo de Gobierno.


