Legislación › Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
Artículo 32. Abandono de funciones.
Artículo 32. Abandono de funciones.
Se produce abandono de funciones por la ausencia injustificada del titular, regente, sustituto o adjunto de la oficina de farmacia donde ejerce.


