Legislación › Ley 6/2005, de 7 de julio, sobre la Declaración de Voluntades Anticipadas en materia de la propia salud.
Artículo 3. Capacidad para otorgar la declaración.
Artículo 3. Capacidad para otorgar la declaración.
Toda persona mayor de edad, que actúe libremente y que no se encuentre incapacitada judicialmente para emitirla, podrá formular la declaración regulada en esta Ley.


