Legislación › Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.
Artículo 25. Análisis de las donaciones autólogas.
Artículo 25. Análisis de las donaciones autólogas.
En cada donación deberán realizarse las pruebas analíticas que se indican en el anexo III.


