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Legislación › Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.

ANEXO IX

ANEXO IX

Actividades de los centros de transfusión

a) Actividades y medidas para la promoción de la donación.

b) Examen de las personas para determinar su idoneidad como donantes de sangre o de componentes de esta.

c) Extracción de sangre de los donantes y cuando proceda, reinfusión de los componentes.

d) Asistencia a los donantes y administración del tratamiento si lo necesitaran por sufrir algún tipo de reacción adversa.

e) Conservación de la sangre y de sus componentes en cuarentena hasta que termine su preparación, análisis y control.

f) Realización de las pruebas de laboratorio pertinentes.

g) Procesamiento y distribución de la sangre y sus componentes de modo que se evite la contaminación, pérdida de actividad o errores.

h) Rotulación, envasado y operaciones finales, de modo que se eviten errores.

i) Almacenamiento de material y equipo.

j) Conservación de los productos acabados hasta su distribución.

k) Documentación y registro de datos sobre el donante, la sangre obtenida y sus componentes.

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