Legislación › Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.
ANEXO IX
ANEXO IX
Actividades de los centros de transfusión
a) Actividades y medidas para la promoción de la donación.
b) Examen de las personas para determinar su idoneidad como donantes de sangre o de componentes de esta.
c) Extracción de sangre de los donantes y cuando proceda, reinfusión de los componentes.
d) Asistencia a los donantes y administración del tratamiento si lo necesitaran por sufrir algún tipo de reacción adversa.
e) Conservación de la sangre y de sus componentes en cuarentena hasta que termine su preparación, análisis y control.
f) Realización de las pruebas de laboratorio pertinentes.
g) Procesamiento y distribución de la sangre y sus componentes de modo que se evite la contaminación, pérdida de actividad o errores.
h) Rotulación, envasado y operaciones finales, de modo que se eviten errores.
i) Almacenamiento de material y equipo.
j) Conservación de los productos acabados hasta su distribución.
k) Documentación y registro de datos sobre el donante, la sangre obtenida y sus componentes.


