Legislación › Real Decreto 1058/2005, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
Artículo 8. Categorías de Académicos.
Artículo 8. Categorías de Académicos.
La Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España consta de:
a) Académicos de Número.
b) Académicos Eméritos, procedentes de la categoría de Académicos de Número.
c) Académicos Honorarios.
d) Académicos Correspondientes.
e) Colaboradores Asociados.
La categoría de Académicos de Número constará de 45 miembros. Las demás no tendrán limitación de número.
Se modifica por el art. único.3.7 del Real Decreto 919/2017, de 23 de octubre. BOE-A-2017-12797
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de noviembre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-12797 | Leer | Qué cambió |
| 28 de septiembre de 2005 | Texto original | Leer |


