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Orden ITC/3283/2005, de 11 de octubre, por la que se aprueban normas relativas a los deberes de información de los sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, incluidos los gases licuados del petróleo, y de gas natural, así como a las facultades de inspección de la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos.
En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 25 de octubre de 2005 · Último cambio el 25 de octubre de 2005 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Declaración de ventas y consumos.
- Artículo 2. Formularios.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Inicio del procedimiento de inspección.
- Artículo 4. Inspección documental.
- Artículo 5. Inspección física.
- Artículo 6. Documentación de las inspecciones.
- Artículo 7. Memoria anual.
- Artículo 8. Manual de la actividad inspectora.
- Disposición transitoria única. Continuidad del uso de los formularios aprobados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final. Entrada en vigor.
- Firma


