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Ley 4/2005, de 5 de octubre, de estadística de Cantabria.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 8 de noviembre de 2005 · Último cambio el 30 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Actividades estadísticas.
- Artículo 3. Actividad estadística de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación de la Ley.
- Artículo 5. Exclusiones.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. El Sistema Estadístico de Cantabria.
- Artículo 7. Instituciones y órganos del Sistema Estadístico de Cantabria.
- Artículo 8. Normativa reguladora.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Naturaleza y adscripción.
- Artículo 10. Recursos técnicos, personales y económicos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Creación y competencias.
- Artículo 12. Composición.
- Artículo 13. Recursos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. De los órganos con atribuciones estadísticas de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Artículo 15. De las entidades que integran la Administración Local de Cantabria, las Universidades, las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación y otras entidades de derecho público.
- CAPÍTULO V
- Artículo 16. Las relaciones con la Administración Local en materia de estadística.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 17. Principios rectores de la actividad estadística de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 18. De la transparencia.
- Artículo 19. De la proporcionalidad y especialidad.
- Artículo 20. De la homogeneización y comparabilidad.
- Artículo 21. De la objetividad y corrección técnica.
- Artículo 22. Del respeto a la intimidad.
- Artículo 23. Fuentes prioritarias de información de las estadísticas de interés.
- Artículo 24. De la cooperación entre las Administraciones Públicas.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 25. Tipos de resultados.
- Artículo 26. De la difusión de los resultados sintéticos.
- Artículo 27. De la difusión de los resultados básicos.
- Artículo 28. De la difusión de los resultados específicos.
- Artículo 29. De la publicidad de los resultados.
- Artículo 30. Conservación de la información.
- Sección 2
- Artículo 31. Del secreto estadístico.
- Artículo 32. Del ámbito del secreto estadístico.
- Artículo 33. De la comunicación entre las unidades estadísticas.
- Artículo 34. De la comunicación con fines científicos.
- Artículo 35. De la utilización de los datos amparados por el secreto estadístico.
- Artículo 36. De los obligados a mantener el secreto estadístico.
- Artículo 37. Del incumplimiento del secreto estadístico.
- Artículo 38. De las excepciones del secreto estadístico.
- CAPÍTULO III
- Artículo 39. De la obligatoriedad del suministro de la información.
- Artículo 40. De las personas obligadas a suministrar la información.
- Artículo 41. De la forma de suministrar la información.
- Artículo 42. De los empleados públicos y agentes encargados de recoger información estadística de interés.
- TÍTULO III
- Artículo 43. El Plan Estadístico de Cantabria.
- Artículo 44. Los Programas Anuales de Estadística. 2 redacciones · cambió el 30/12/2020
- Artículo 45. Otras estadísticas no incluidas en el Plan o Programa Anual.
- TÍTULO IV
- Artículo 46. Infracciones y responsables.
- Artículo 47. Infracciones administrativas de los obligados a prestar colaboración.
- Artículo 48. Infracciones administrativas de los que realizan actividad estadística.
- Artículo 49. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 50. Competencia y procedimiento sancionador.
- Artículo 51. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 52. Prescripción de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Revisión de la cuantía de las sanciones.
- Disposición adicional segunda. Estatutos del Instituto Cántabro de Estadística.
- Disposición transitoria única. Adecuación de la actividad estadística preexistente.
- Disposición derogatoria primera. Ley de Cantabria 3/1990, de 21 de marzo, de estadística de Cantabria.
- Disposición derogatoria segunda. Capítulo IV de la Ley de Cantabria 13/1998, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
- Disposición derogatoria tercera. Artículo 12 de la Ley de Cantabria 7/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
- Disposición derogatoria cuarta. Disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley.
- Disposición final primera. Ley del Plan de Estadística de Cantabria.
- Disposición final segunda. Decreto de estructura orgánica del Instituto Cántabro de Estadística.
- Disposición final tercera. Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Cántabro de Estadística.
- Disposición final cuarta. Desarrollo reglamentario.
- [firma]
- [Información relacionada]


