Legislación › Ley 4/2005, de 5 de octubre, de estadística de Cantabria.
Artículo 24. De la cooperación entre las Administraciones Públicas.
Artículo 24. De la cooperación entre las Administraciones Públicas.
Para lograr una mayor eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos públicos en la actividad estadística, el Gobierno de Cantabria, dentro del marco de sus competencias, fomentará y favorecerá la cooperación, mediante la firma de convenios y acuerdos, o mediante los demás instrumentos previstos en el ordenamiento jurídico, con las Entidades Locales, con la Administración General del Estado, con las Administraciones de otras Comunidades Autónomas, con la Unión Europea y con los organismos internacionales en todos los niveles de la actividad estadística.


