Legislación › Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento.
Artículo 8. Régimen de infracciones y sanciones.
Artículo 8. Régimen de infracciones y sanciones.
Las obligaciones de las entidades aseguradoras comprendidas en esta Ley tienen la consideración de normas de ordenación y supervisión de los seguros privados. Su incumplimiento constituirá infracción administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.


