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Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 15 de noviembre de 2005 · Último cambio el 15 de noviembre de 2005 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Creación del Registro.
- Artículo 2. Finalidad del Registro.
- Artículo 3. Naturaleza jurídica.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Obligación de inscripción y contenido del registro.
- Artículo 6. Derecho de acceso.
- Artículo 7. Emisión de certificado por el Registro e información a suministrar al consultante por las entidades aseguradoras.
- Artículo 8. Régimen de infracciones y sanciones.
- Artículo 9. Remisión de información a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- Disposición adicional primera. Protección de datos de carácter personal.
- Disposición adicional segunda. Régimen presupuestario.
- Disposición adicional tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición adicional cuarta. Derecho supletorio.
- Disposición adicional quinta. Obligación de los notarios.
- Disposición adicional sexta. Régimen competencial.
- Disposición adicional séptima. Tasa por expedición del certificado del Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
- Disposición transitoria primera. Contratos en cartera.
- Disposición transitoria segunda. Remisión de datos correspondientes a los contratos de seguros de vida o accidentes vinculados a tarjetas de crédito.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


