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Legislación › Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso a la productividad.

Artículo vigésimo cuarto. Iniciativa de apoyo a los destinos turísticos maduros.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de noviembre de 2005 y la del 18 de enero de 2007. Tachado: lo que se quitó (80 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo vigésimo cuarto. Iniciativa de apoyo a los destinos turísticos maduros.
Se modifica el párrafo primero de la disposición adicional cuadragésima novena de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2005, que queda redactado de la siguiente forma:
«Uno. El Estado apoyará financieramente los planes de renovación y modernización integral de destinos turísticos maduros, diseñados y ejecutados mediante la iniciativa conjunta entre las diversas Administraciones y el sector privado.
El apoyo financiero del Estado será canalizado a destinos turísticos maduros situados preferentemente en municipios costeros.»
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2006-22865 Leer Qué cambió
20 de noviembre de 2005 Texto original Leer

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