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Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso a la productividad.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 19 de noviembre de 2005 · Último cambio el 29 de diciembre de 2006 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo primero. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
- Sección 2
- Artículo segundo. Modificación del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios, y de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
- Artículo tercero. Fomento de la co-combustión.
- Artículo cuarto. Fomento de la biomasa.
- Artículo quinto. Fomento de los biocarburantes.
- Artículo sexto. Medidas de protección al consumidor.
- Artículo séptimo. Carácter de las tarifas de acceso.
- Artículo octavo. Creación de la entidad pública empresarial ENRESA de gestión de residuos radiactivos.
- Sección 3
- Artículo noveno. Habilitación a las cooperativas agrarias para comercializar productos petrolíferos.
- Sección 4
- Artículo décimo. Limitación del exceso de capacidad obligatoria.
- Artículo undécimo. Modificación de los artículos 82 y 83 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
- Artículo duodécimo. Modificación de los artículos 93 y 94 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
- Artículo decimotercero. Habilitación a la Comisión Nacional de Energía para resolver las liquidaciones de gas.
- Sección 5
- Artículo decimocuarto. Enajenación de los terrenos de las centrales nucleares en moratoria.
- Artículo decimoquinto. Procedimientos de autorización para las distintas fases de vida de las instalaciones nucleares y radiactivas.
- Artículo decimosexto. Modificación de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear.
- Artículo decimoséptimo. Carácter vinculante de las instrucciones del Consejo de Seguridad Nuclear.
- CAPÍTULO II
- Artículo decimoctavo. Liberalización de la distribución mayorista de las labores del tabaco.
- Artículo decimonoveno. Modificación del comercio al por menor de las labores del tabaco.
- Artículo vigésimo. Modificación de las infracciones y sanciones.
- Artículo vigésimo primero. Reducción del plazo de las concesiones transmitidas a 25 años.
- Artículo vigésimo segundo. Destrucción de las labores de tabaco aprehendidas o decomisadas por contrabando.
- CAPÍTULO III
- Artículo vigésimo tercero. Habilitación en todo el territorio nacional para la prestación de servicios funerarios.
- CAPÍTULO IV
- Artículo vigésimo cuarto. Iniciativa de apoyo a los destinos turísticos maduros. 2 redacciones · cambió el 29/12/2006
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo vigésimo quinto. Modificación de la legislación de la Sociedad Limitada Nueva Empresa para facilitar el cambio de denominación social y facilitar los trámites de creación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo vigésimo sexto. Agilización de plazos de inscripción.
- Sección 2
- Artículo vigésimo séptimo. Impulso a la tramitación telemática.
- Artículo vigésimo octavo. Acceso telemático a los Registros.
- Sección 3
- Artículo vigésimo noveno. Motivos de recurso o instancia del cuadro de sustituciones.
- Artículo trigésimo. Régimen jurídico del recurso frente a la decisión del registrador.
- Artículo trigésimo primero. Tramitación de recursos.
- Artículo trigésimo segundo. Régimen disciplinario.
- Sección 4
- Artículo trigésimo tercero. Responsabilidad por errores y omisiones en las notas simples informativas.
- Artículo trigésimo cuarto. Regulación para la constancia registral del juicio de suficiencia notarial.
- Capítulo III
- Artículo trigésimo quinto.
- Disposición adicional primera. Aranceles notariales y registrales por modificación de la denominación en la Sociedad Nueva Empresa.
- Disposición adicional segunda. Información relativa a la aplicación del arancel notarial y registral.
- Disposición adicional tercera. Cesión de información de carácter tributario por medios informáticos o telemáticos.
- Disposición adicional cuarta. Sistema de constitución telemática de la sociedad limitada nueva empresa.
- Disposición adicional quinta. Generación de crédito para la financiación de actuaciones de apoyo a la actividad industrial y desarrollo tecnológico en Galicia.
- Disposición adicional sexta. Regulación de las garantías exigidas para otorgar un crédito Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- Disposición adicional séptima. Modificación del artículo 16 de la Ley de 8 de junio de 1957, reguladora del Registro Civil.
- Disposición adicional octava. Modificación del apartado segundo del artículo 18 de la Ley de 8 de junio de 1957, reguladora del Registro Civil.
- Disposición adicional novena. Régimen de concesión de becas y ayudas al estudio.
- Disposición adicional décima. Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición transitoria.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


