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Legislación › Real Decreto 1332/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 5/2005, de 22 de abril, de supervisión de los conglomerados financieros y por la que se modifican otras leyes del sector financiero.

Disposición transitoria segunda. Inscripción en registros especiales.

Disposición transitoria segunda. Inscripción en registros especiales.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto, los miembros del consejo de administración, directores o asimilados de la entidad dominante de cualquier entidad regulada española, que no sea entidad de crédito, empresa de servicios de inversión o entidad aseguradora o reaseguradora, deberán solicitar su inscripción en el correspondiente registro especial de altos cargos, con arreglo a la normativa que les resulte de aplicación.

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