Legislación › Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la utilización, instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos.
Artículo 4. Aplicación a vehículos de las categorías N2 y N3.
Artículo 4. Aplicación a vehículos de las categorías N2 y N3.
Los vehículos de motor de las categorías N2 y N3 sólo podrán circular por la vía publica si tienen instalado un dispositivo de limitación de velocidad regulado de tal manera que su velocidad no pueda superar los 90 kilómetros por hora.


