Legislación › Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes.
Artículo 30. De los Miembros del Ministerio Fiscal.
Artículo 30. De los Miembros del Ministerio Fiscal.
La fórmula de juramento o promesa será la prevista en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El juramento o promesa se prestará ante la Sala de Gobierno respectiva.
En el caso de Fiscales-Jefe, el/la Presidente respectivo le invitará a tomar asiento en un lugar destacado, que evidencie su posición al frente del Ministerio Fiscal en ese Tribunal.
El resto de los miembros del Ministerio Fiscal tomarán asiento en estrados.


