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Legislación › Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra.

Disposición transitoria sexta. Plazo para la retirada de elementos en Monumentos.

Disposición transitoria sexta. Plazo para la retirada de elementos en Monumentos.

En el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de esta Ley Foral, los responsables de la instalación deberán eliminar la publicidad, cables, antenas y conducciones a que se refiere el artículo 39 de esta Ley Foral.

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