Legislación › Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Disposición adicional undécima. Informe a las Cortes Generales.
Disposición adicional undécima. Informe a las Cortes Generales.
El Ministerio de Sanidad y Política Social deberá remitir a las Cortes Generales, con carácter bienal y durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la Ley, un informe de evaluación del impacto de esta reforma sobre la salud pública.
Se añade por el art. único.26 de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre. BOE-A-2010-20138.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 10, de 12 de enero de 2011. BOE-A-2011-618.
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